Hagens Berman Sobol Shapiro LLP, Hilliard & Shadowen LLP y Durie Tangri LLP anuncian una conciliación parcial en una demanda colectiva que involucra medicamentos antiretrovirales
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Hagens Berman Sobol Shapiro LLP, Hilliard & Shadowen LLP, and Durie Tangri LLPDec 30, 2021, 16:00 ET
SAN FRANCISCO, 30 de diciembre de 2021 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ --
Si usted compró Atripla, Biktarvy, Complera, Descovy, Evotaz, Genvoya, Odefsey, Prozcobix, Stribild, Symtuza, Truvada o Viread, es posible que la conciliación parcial de una demanda colectiva afecte sus derechos.
Los pagos a los consumidores elegibles de Atripla y Evotaz variarán de acuerdo a la cantidad de reclamaciones, pero se espera que estén en un promedio de $70.50 a $282.
Se ha logrado una conciliación parcial en una demanda colectiva que involucra los medicamentos antirretrovirales Atripla, Biktarvy, Complera, Descovy, Evotaz, Genvoya, Odefsey, Prezcobix, Stribild, Symtuza, Truvada y Viread (la "Conciliación"). La demanda afirma que Gilead Sciences, Inc., Gilead Holdings, LLC, Gilead Sciences LLC, y Gilead Sciences Ireland UC ("Gilead"), Bristol-Myers Squibb Company y E. R. Squibb & Sons, L.L.C. ("BMS"), y Johnson & Johnson, Janssen Products LP, y Janssen R&D Ireland ("Janssen") (en conjunto, "Demandados") se involucraron en una variedad de conductas supuestamente anticompetitivas que causaron que ciertos consumidores y pagadores externos (el "Grupo Pagador-Final", que se analiza a continuación) pagaran demasiado por medicamentos para el VIH, en específico: Atripla, Biktarvy, Complera, Descovy, Evotaz, Genvoya, Odefsey, Prezcobix, Stribild, Symtuza, Truvada y Viread. Los Demandados niegan cualquier acto indebido. Nadie afirma que cualquiera de estos medicamentos no sea inseguro o inefectivo.
¿QUÉ OFRECE LA CONCILIACIÓN?
Para conciliar todas las reclamaciones en su contra en la demanda, BMS ha acordado no hacer cumplir cierta disposición contractual en su acuerdo con Gilead, que involucra el medicamento Evotaz, el cual los Demandantes alegan que es anticompetitivo. BMS además acepta depositar $10,000,000 en un Fondo de Conciliación. Las reclamaciones contra Gilead y Janssen no se ven afectadas por la conciliación de los Demandantes con BMS, y el litigio en contra de Gilead y Janssen continuará.
Si la Conciliación es aprobada por el Tribunal y se vuelve definitiva, el Abogado de los Demandantes buscará reembolso del Fondo de Conciliación por $2.5 millones en costes y gastos anticipados del Abogado en nombre de los Demandantes en relación con el litigio. El Abogado del Demandante no buscará el pago de ningún honorario de abogado de parte de BMS o del Fondo de Conciliación. El resto del Fondo de Conciliación será distribuido al Grupo Pagador-Final conforme a un Plan de Distribución por el cual los Demandantes buscan la aprobación del Tribunal. El Acuerdo de Conciliación se encuentra disponible en el sitio web, www.HIVdrugsettlement.com, y contiene más información.
¿QUIÉN ESTÁ INCLUIDO EN LOS GRUPOS DE CONCILIACIÓN?
Existen siete Grupos de Conciliación, de los cuales cinco cubren resarcimiento de daños y dos cubren únicamente medidas cautelares. Los cinco Grupos de Conciliación de Daños son: (i) el Grupo de Conciliación de Daños de Atripla; (ii) el Grupo de Conciliación de Daños de Evotaz; (iii) el Grupo de Conciliación de Daños de Complera; (iv) el Grupo de Conciliación de Daños de Stribild; y (v) el Grupo de Conciliación de Daños de Truvada. Los dos Grupos de Conciliación de Medidas Cautelares son: (vI) el Grupo de Conciliación de Medidas Cautelares de cART Foundation; y (vii) el Grupo de Conciliación de Medidas Cautelares de Prezcobix.
En general, se le incluye en uno o más de los Grupos de Conciliación de Daños para Atripla (de marca o genérico) o Evotaz si es consumidor o Pagador externo (Third-Party Payor, TPP) y si compró, pagó y/o ofreció reembolso en (que incluye, en relación con los TPP, el estado en el cual tiene su lugar principal de negocio) para uno o más de esos medicamentos para el consumo suyo o de su familia, o, en relación con los TPP, por sus miembros, empleados, asegurados, participantes, ciudadanos, residentes o beneficiarios, para fines que no sean la reventa, durante el período desde el 14 de mayo de 2015 hasta el 13 de octubre de 2021.
Los "Estados de Daño" son Alabama, Arizona, Arkansas, California, Connecticut, el Distrito de Columbia, Florida, Hawái, Idaho, Illinois, Iowa, Kansas, Maryland, Maine, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Misisipi, Misuri, Montana, Nebraska, Nevada, Nueva Hampshire, Nuevo Mexico, Nueva York, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Oregón, Rhode Island, Dakota del Sur, Tennessee, Utah, Vermont, Virginia Occidental y Wisconsin.
En general, los Grupos de Conciliación de Daños para Complera, Stribild y Truvada (de marca o genéricos) tienen el mismo criterio que el anterior, salvo que solo los TPP, no los consumidores, sean miembros de los Grupos de Conciliación de Daños de Complera, Stribild y Truvada.
En general, se le incluye en el Grupo de Conciliación de Medidas Cautelares de cART Foundation si es un consumidor o TPP que ha comprado, pagado y/u ofrecido reembolso en cualquier parte de los Estados Unidos o sus territorios por una parte o la totalidad del precio de compra de uno o más de los siguientes medicamentos para el consumo suyo, de su familia, o sus miembros, empleados, asegurados, participantes o beneficiarios, para fines que no sean la reventa, durante el período desde el 14 de mayo de 2015 hasta el 13 de octubre de 2021. Los medicamentos son: Atripla, Biktarvy, Complera, Descovy, Evotaz, Genvoya, Odefsey, Prezcobix, Stribild, Symtuza, Truvada y Viread.
En general, el Grupo de Conciliación de Medidas Cautelares de Prezcobix tiene el mismo criterio que el Grupo de Conciliación de Medidas Cautelares de cART Foundation, pero incluye solamente al consumidor y los compradores TPP de Prezcobix.
Ciertas personas y entidades están excluidas de una parte o la totalidad de los Grupos que se definen arriba. Las descripciones completas de los Grupos de Conciliación se establecen en el Aviso completo y en el Acuerdo de Conciliación, que están disponibles en el sitio web www.HIVdrugsettlement.com o contactando al Administrador de la Conciliación.
¿CÓMO OBTENGO EL PAGO?
Si el Tribunal aprueba la Conciliación, los miembros consumidores del Grupo de Daños de Atripla y el Grupo de Daños de Evotaz serán elegibles para recibir pagos del Fondo de Conciliación según la cantidad de sus pagos no reembolsados, copagos o pagos de coaseguro de esos medicamentos. Usted deberá presentar un Formulario de Reclamación que puede obtener en el sitio web o pidiéndole al Administrador de la Conciliación (información en el sitio web) que le envíe un Formulario de Reclamación. Luego de la audiencia programada para el 28 de abril de 2022, revise el sitio web de la Conciliación, www.HIVdrugsettlement.com, para ver si el Tribunal ha aprobado o no la Conciliación. Si la Conciliación es aprobada, los miembros consumidores del Grupo de Daños de Atripla y el Grupo de Daños de Evotaz compartirán un Fondo de Conciliación de $2,5 millones. El monto promedio pagado por cada reclamación válida para consumidores elegibles de Atripla o Evotaz dependerá de la cantidad total de reclamaciones válidas que se presenten. Por ejemplo, si se presentan 15.000 reclamaciones válidas, la reclamación válida promedio, luego de justificar los costos de administración del Fondo de Conciliación, recibirá un pago de aproximadamente $141.00. Si se presenta el doble de reclamaciones válidas (es decir, 30.000), entonces la reclamación válida promedio recibirá un pago de aproximadamente $70.50. El mismo principio se aplica si la cantidad de reclamaciones válidas es inferior a 15.000; si, por ejemplo, solo se presentan 7.500 reclamaciones válidas, la reclamación válida promedio recibiría un pago de aproximadamente $282.00.
Los pagos a TPP elegibles serán aplazados para más adelante en el litigio, y usted recibirá aviso en lo que respecta a cuándo se realizarán esos pagos.
SUS DERECHOS Y OPCIONES
Sus opciones dependen de si usted es miembro de uno de los Grupos de Conciliación de Daños o miembro de uno de los Grupos de Conciliación de Medidas Cautelares. Si es miembro de uno de los Grupos de Conciliación de Daños, tiene el derecho a excluirse de (salirse de) los Grupos de Conciliación de Daños propuestos a más tardar el 15 de marzo de 2022. También puede realizar comentarios u objetar a la Conciliación propuesta en la medida que no se haya excluido. Si es miembro de uno de los Grupos de Conciliación de Medidas Cautelares, no puede excluirse del Grupo si el Tribunal aprueba la Conciliación, pero sí puede realizar comentarios u objetar la Conciliación propuesta. Para realizar comentarios u objetar sobre cualquier aspecto de la Conciliación propuesta, usted debe actuar antes del 15 de marzo de 2022. Puede encontrar información sobre cómo solicitar exclusión, realizar comentarios u objeciones en www.HIVdrugsettlement.com.
El Tribunal realizará una audiencia a las 1:30 p. m. del 28 de abril de 2022, para considerar si la Conciliación y todos sus términos son justos, razonables y adecuados.
PARA OBTENER MÁS INFORMACIÓN Y UN FORMULARIO DE RECLAMACIÓN
Visite www.HIVdrugsettlement.com Llame al 1-877-999-2491
FUENTE Hagens Berman Sobol Shapiro LLP, Hilliard & Shadowen LLP, and Durie Tangri LLP
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