El Secretario Cascos Recuerda a los Tejanos que la Votación Temprana inicia el lunes
La Votación Temprana para la Elección General inicia el 24 de octubre y termina el 4 de noviembre
AUSTIN, Texas, 21 de octubre del 2016 /PRNewswire-HISPANIC PR WIRE/ -- El Secretario de Estado de Texas Carlos H. Cascos recuerda a los tejanos que la votación temprana en las casillas inicia el lunes, 24 de octubre y termina el viernes, 4 de noviembre.
"La opción de votar en persona durante la votación temprana es conveniente para los electores," dijo el Secretario Cascos. "Durante la votación temprana, usted puede ejercer su voto en cualquier casilla dentro del condado en el cual está registrado y también evitar las líneas que pueden formarse el Día de la Elección."
El Secretario Cascos también recalco que la votación temprana es una manera de asegurar que los electores puedan ejercer su voto, aun si surgen eventos no esperados el Día de la Elección.
"A veces, suceden cosas como una llanta ponchada o un hijo enfermo," dijo el Secretario Cascos. "Al votar temprano, no tiene que preocuparse si no puede llegar a las casillas el Día de la Elección."
Tal como en el Día de la Elección, los requisitos de identificación estarán en vigor.
Electores que poseen una de las siete formas de identificación aprobadas con fotografía deben utilizarla en las casillas. Las siete formas de identificación aprobadas con fotografía son:
- Licencia de conducir de Texas expedida por el Departamento de Seguridad Pública (DPS, por sus siglas en inglés)
- Certificado de Identificación Electoral de Texas expedido por el DPS
- Tarjeta de identificación personal de Texas expedida por el DPS
- Licencia para portar armas de fuego de Texas expedida por el DPS
- Cedula de identificación militar de los Estados Unidos con fotografía
- Certificado de ciudadanía de los Estados Unidos con fotografía
- Pasaporte de los Estados Unidos
(Con la excepción del certificado de ciudadanía estadounidense, la identificación aprobada con fotografía debe estar actualizada o no haber vencido más de cuatro años antes de ser presentada en el sitio de votación para poder ejercer su voto.)
Actualmente, electores en Texas que no poseen y no pueden obtener razonablemente una de las siete formas de identificación aprobadas con fotografía tienen opciones adicionales al ejercer su voto en las casillas. Como lo indica la orden judicial, si un elector no posee y no puede obtener razonablemente una de las siete formas de identificación aprobadas con fotografía, puede ejercer su voto después de (1) firmar una declaración en la casilla de votación explicando sus razones por las cuales no ha podido obtener razonablemente una de las siete formas de identificación aprobadas con fotografía, y (2) presentar una de las distintas formas de identificación adicionales.
Las formas de identificación adicionales que puede presentar son: acta de nacimiento certificada (original), certificado de registro electoral valido, factura reciente de servicios públicos (original o copia), estado de cuenta bancaria (original o copia), cheque del gobierno (original o copia), cheque de pago (original o copia), u otro documento del gobierno con el nombre y una dirección del elector (original o copia). Si presenta un documento del gobierno que contiene fotografía, debe ser original y no una copia. Si el elector cumple con estos requisitos y califica para votar, podrá ejercer su voto en la elección.
Electores con preguntas acerca del proceso de registro y sobre como ejercer su voto pueden visitar VoteTexas.gov/es o llamar al 1-800-252-VOTE. Los tejanos pueden unirse a la conversación de #VoteTexas por medio de Facebook, Twitter e Instagram.
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