Pacific contrata a Kingsdale Shareholder Services y recomienda a los tenedores de notas que actúen ahora y firmen el acuerdo de apoyo
TORONTO, 23 de abril de 2016 /PRNewswire/ -- Pacific Exploration & Production Corporation ("Pacific" o la "compañía") ha contratado a Kingsdale Shareholder Services, una preeminente firma de servicios para accionistas en América del Norte, para fungir como su asesor estratégico y agente de solicitud de poderes en relación con el acuerdo de reestructuración integral anunciado previamente entre la compañía, ciertos tenedores (los "tenedores de notas") de las notas no garantizadas preferentes de la compañía (las "notas"), algunos de los prestamistas bajo las facilidades de crédito de la compañía (los "prestamistas") y The Catalyst Capital Group Inc. ("Catalyst") para llevar a cabo una restructuración financiera integral (la "transacción de reestructuración") que reducirá considerablemente la deuda, mejorará la liquidez y posicionará mejor a la compañía para navegar en el entorno actual de precios del petróleo.
Como se anunció previamente, la compañía ha firmado un acuerdo de apoyo (el "acuerdo de apoyo") con: (i) ciertos miembros ("tenedores de notas que apoyan la reestructuración") de un comité ad hoc de tenedores de notas (el "comité ad hoc"), (ii) algunos de los prestamistas (los "prestamistas bancarios apoyan la reestructuración", y de conjunto con los tenedores de notas que apoyan la reestructuración, los "acreedores que apoyan la reestructuración"), y Catalyst en relación con la transacción de reestructuración.
Los acreedores que apoyan la reestructuración poseen en total aproximadamente el 49% de la cantidad principal total de la deuda (siendo aproximadamente US$5.300 millones) mantenida por los tenedores de notas y prestamistas. Dependiendo de los términos y condiciones del acuerdo de apoyo, los acreedores que apoyan la reestructuración han acordado apoyar y votar a favor de la transacción de reestructuración.
Los aspectos clave de la transacción de reestructuración fueron proporcionados en el comunicado de prensa de la compañía con fecha 20 de abril de 2016, una copia del cual está publicada en el sitio web de la compañía en www.pacific.energy.
Según los términos de la transacción de reestructuración, los tenedores de notas que hayan firmado y devuelto un convenio de adhesión al acuerdo de apoyo a las 5:00 p.m. (hora de Toronto/Nueva York) del 29 de abril de 2016, o antes de esa fecha y hora, según los procedimientos establecidos en el acuerdo de apoyo y el convenio de adhesión TAMBIÉN recibirán su participación proporcional de 2,2% de las acciones ordinarias de la compañía reorganizada (la "contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración").
Se exhorta a todos los tenedores de notas a que firmen el acuerdo de apoyo en la forma en que se explica a continuación y que lo hagan en o antes de las 5:00 p.m. (hora de Toronto/Nueva York) del 29 de abril de 2016 para tener derecho a recibir su participación proporcional de la contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración.
Se exhorta a los tenedores de notas que tengan preguntas o quieran firmar y devolver el acuerdo de apoyo a que se comuniquen con Kingsdale Shareholder Services llamando de forma gratuita en América del Norte al 1-877-659-1821 o desde fuera de América del Norte llamando con cobro revertido al 1-416-867-2272 o por correo electrónico a [email protected].
PROCEDIMIENTO PARA OBTENER CONTRAPRESTACIÓN PARA LOS TENEDORES DE NOTAS QUE APOYAN LA REESTRUCTURACIÓN
Todos los tenedores de notas pueden, y se les exhorta a que así lo hagan, firmar el acuerdo de apoyo mediante la ejecución de un convenio de adhesión al mismo. Copias del acuerdo de apoyo y del convenio de adhesión están disponibles en el sitio web de la compañía www.pacific.energy.
Según los términos de la transacción de reestructuración, los tenedores de notas que hayan firmado y devuelto un convenio de adhesión al acuerdo de apoyo a las 5:00 p.m. (hora de Toronto/Nueva York) del 29 de abril de 2016, o antes de esa fecha y hora, según los procedimientos establecidos en el acuerdo de apoyo y el convenio de adhesión recibirán su participación proporcional de la contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración. La contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración será pagable dependiendo de, y solamente después de, la realización de la transacción de reestructuración. Si un tenedor de notas que apoya la reestructuración y que tiene derecho a la contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración transfiere (según el acuerdo de apoyo) las notas con respecto a las cuales se pagaría dicha contraprestación para los tenedores de notas, el cesionario de tales notas tendrá derecho a esa porción de la contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración atribuible a las notas transferidas. La contraprestación para los tenedores de notas que apoyan la reestructuración no se pagará si el tenedor de notas que apoya la reestructuración termina sus obligaciones bajo el acuerdo de apoyo. El monto de la contraprestación será financiado a partir de la porción prorrateada de la contraprestación para los acreedores afectados asignada a los tenedores de notas como acreedores afectados según los términos de la transacción de reestructuración y no afectará la recuperación prorrateada de los prestamistas según las facilidades de crédito de la compañía, según los términos de la transacción de reestructuración.
La compañía recibe asesoramiento de Lazard Frères & Co. LLC, Norton Rose Fulbright Canada LLP (Canadá), Proskauer Rose LLP (Estados Unidos), Zolfo Cooper (Estados Unidos), Garrigues (Colombia) y Kingsdale Shareholder Services (Canadá). El comité independiente recibe asesoramiento de Osler, Hoskin & Harcourt LLP y UBS Securities Canada Inc. Los tenedores de notas que forman parte de los acreedores financiadores reciben asesoramiento de Evercore Group L.L.C. (Estados Unidos), Goodmans LLP (Canadá), Paul, Weiss, Rifkind, Wharton & Garrison LLP (Estados Unidos) y Cárdenas y Cárdenas Abogados (Colombia). FTI Consulting (Estados Unidos), Davis Polk & Wardwell LLP (Estados Unidos), Torys LLP (Canadá) y Gómez-Pinzón Zuleta Abogados (Colombia) son los asesores jurídicos para el agente con respecto a la facilidad de crédito rotativa de la compañía, y Seward & Kissel es el asesor jurídico de la gente con respecto al préstamo a término de HSBC Bank, USA, N.A. de la compañía. Catalyst recibe asesoramiento de Brown Rudnick LLP (Estados Unidos), McMillan LLP (Canadá) y GMP Securities L.P.
Acerca de Pacific:
Pacific Exploration & Production Corp. es una compañía pública canadiense que es líder en la exploración y producción de gas natural y petróleo crudo, con operaciones enfocadas hacia América Latina. La compañía tiene una cartera diversificada de activos con participaciones en más de 70 bloques de exploración y producción en varios países, incluso Colombia, Perú, Guatemala, Brasil, Guyana y Belice. La estrategia de la compañía está enfocada hacia el crecimiento sostenible en producción y reservas y hacia la generación de efectivo. Pacific Exploration & Production está comprometida con llevar a cabo sus actividades comerciales de forma segura y de una manera social y medioambientalmente responsable.
Advertencias:
Nota cautelar concerniente a las declaraciones a futuro
Este comunicado de prensa contiene declaraciones a futuro. Todas las declaraciones, que no sean las declaraciones de hechos históricos, que abordan actividades, eventos o desarrollos que la compañía considera, espera o anticipa que ocurrirán o podrán ocurrir en el futuro (incluso, pero sin limitarse a, declaraciones relacionadas con estimados y/o suposiciones con relación a la producción, facturación, flujo de caja y costos, estimados de reservas y recursos, recursos y reservas potenciales y los planes, objetivos y estrategia de la compañía en temas de exploración y desarrollo) son declaraciones a futuro. Estas declaraciones a futuro reflejan las expectativas o las creencias actuales de la compañía sobre la base de información que la compañía actualmente tiene disponible. Las declaraciones a futuro están sujetas a una cantidad de riesgos e incertidumbres que pueden determinar que los resultados reales de la compañía difieran materialmente de los discutidos en las declaraciones a futuro, e incluso si esos resultados reales se concretan o se concretan sustancialmente, no hay seguridad de que tendrán las consecuencias esperadas para la compañía o efectos sobre ella. Entre los factores que podrían determinar que los resultados o los eventos reales difirieran materialmente de las actuales expectativas, se encuentran, entre otros: la capacidad de la compañía para continuar como una empresa en funcionamiento; volatilidad en los precios de mercado para el petróleo y el gas natural; entorno continuo de depresión en el precio del petróleo con potencial de mayor declinación; incumplimiento en el marco de las facilidades de crédito de la compañía y/o las notas preferentes de la compañía debido a un incumplimiento de las cláusulas al respecto; cantidades que pasen a ser vencidas y pagables según las facilidades de crédito y/o las notas preferentes antes de los procedimientos de insolvencia voluntaria, a pesar de la firma de dichos acuerdos de indulgencia, sea a través de las acciones de los tenedores de las notas preferentes o del fideicomisario bajo cada una de las respectivas escrituras de las notas preferentes u otras; el impacto de casos de impago con respecto a las facilidades de crédito y/o las notas preferentes sobre otros contratos materiales de la compañía, incluso, pero sin limitarse a, impagos cruzados que den como resultado la aceleración en las cantidades pagables al respecto o la terminación de dichos acuerdos; que los tribunales u otras autoridades reguladoras no concedan la protección buscada por la compañía bajo los procedimientos en Canadá y/o procedimientos bajo otras jurisdicciones correspondientes; que no se logre que un número suficiente de acreedores que apoyan la reestructuración firmen el acuerdo de apoyo; el impacto sobre la transacción de reestructuración o las operaciones de la compañía en caso de una petición involuntaria de alivio por bancarrota o una acción similar de acreedores presentada contra la compañía antes del comienzo de los procedimientos voluntarios; que la compañía no pueda completar la transacción de reestructuración, la cual está sujeta a un número de condiciones y otros riesgos e incertidumbres incluso, pero sin limitarse a, las aprobaciones de los tribunales y otras autoridades reguladoras requeridas o que se llegue a un acuerdo con sus acreedores o con una cantidad suficiente de ellos para reestructurar la estructura de capital de la compañía; que no se pueda satisfacer cualquiera de los términos o condiciones de cualquier acuerdo con los acreedores de la compañía con respecto a una restructuración propuesta; impacto negativo sobre las operaciones actuales de la compañía como resultado de la transacción de reestructuración o de cualquier restructuración propuesta o de que no se pueda llegar a un acuerdo con los acreedores al respecto; que no se puedan satisfacer los términos y condiciones de cualquiera de los acuerdos de exenciones de la compañía con los acreedores o contrapartes correspondientes o de cualquier otra exención antes de los procedimientos de insolvencia voluntaria, que no se puedan obtener más prórrogas de dichas exenciones en caso que se requieran antes de cualquier procedimiento de insolvencia voluntaria, o que no se puedan obtener exenciones de otras cláusulas antes de los procedimientos de insolvencia voluntaria, siempre y cuando que se requieran; los términos de cualquiera de las exenciones, incluso el impacto sobre la compañía de cualquier restricción impuesta a la misma en relación con cualquier exención; las percepciones sobre las perspectivas de la compañía y las perspectivas de la industria del petróleo y el gas en Colombia y en los otros países donde la compañía opera y/o tiene inversiones como resultado de la firma de la transacción de reestructuración u otra causa; expectativas con respecto a la capacidad de la compañía para recaudar capital y de continuamente agregar a las reservas a través de adquisiciones y desarrollo; la incapacidad para continuar satisfaciendo los requisitos para cotización en las bolsas de valores en las cuales se cotizan las acciones de la compañía debido a la transacción de reestructuración; la cancelación o considerable dilución del capital accionario de la compañía como resultado de la transacción de reestructuración; el efecto de la transacción de reestructuración en el negocio y las operaciones de la compañía; acontecimientos políticos en Colombia, Guatemala, Perú, Brasil, Guyana y México; pasivos inherentes en operaciones de petróleo y gas; incertidumbres asociadas con la estimación de reservas de petróleo y gas natural; la competencia por, entre otras cosas, capital, adquisiciones de reservas, tierras no desarrolladas y personal capacitado; evaluaciones incorrectas del valor de las adquisiciones y/o anteriores problemas de integración; problemas geológicos, técnicos, de perforación y de procesamiento; fluctuaciones en cambio de divisas o tasas de interés y volatilidad del mercado bursátil; demoras en la obtención de las licencias ambientales y otras licencias requeridas; incertidumbre en cuanto a los estimados de capital y costos operativos, estimados de producción y retorno económico estimado; la posibilidad de que las circunstancias reales diferirán de los estimados y las suposiciones; incertidumbres relacionadas con la disponibilidad y los costos de financiación necesarios en el futuro; cambios en las leyes en materia de impuesto a la renta o cambios en las leyes impositivas, principios contables y programas de incentivos relacionados con el sector del petróleo y del gas; y los otros factores analizados bajo el título "Factores de Riesgo" y en otras partes del AIF de la compañía de fecha 18 de marzo de 2016, presentado ante el SEDAR en www.sedar.com. Cualquier declaración a futuro se refiere solo a la fecha en la cual se emitió y, excepto como lo requieran las leyes aplicables a los títulos valores, la compañía renuncia a cualquier intento u obligación de actualizar cualquier declaración a futuro, ya sea como resultado de nueva información, eventos o resultados futuros o de cualquier otra naturaleza. Aunque la compañía cree que las suposiciones inherentes en las declaraciones a futuro son razonables, las declaraciones a futuro no son garantía de desempeño futuro y, por consiguiente, no se debe depositar una confianza excesiva en estas declaraciones debido a la inherente incertidumbre de estas.
Traducción
Este comunicado de prensa se redactó en idioma inglés y fue posteriormente traducido al español. En caso de presentarse diferencias entre la versión en inglés y su contraparte traducida, el documento en inglés debe ser considerado como la versión que regirá.
Para obtener información adicional: Frederick Kozak, Vicepresidente Corporativo, Relaciones con los Inversores, +1 (403) 705-8816, +1 (403) 606-3165; Roberto Puente, Gerente Senior, Relaciones con los Inversores, +57 (1) 511-2298, +507 (6) 205-1400; Richard Oyelowo, Gerente, Relaciones con los Inversores, +1 (416) 362-7735; CONTACTO PARA LOS MEDIOS: Tom Becker, Sitrick & Company, +1 (212) 573-6100
FUENTE Pacific Exploration & Production Corporation
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